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Papeles presentados por el Ministerio Público contra Andrés Bautista son inservibles, según abogados
Papeles presentados por el Ministerio Público contra Andrés Bautista son inservibles, según abogados
Carlos Pichardo
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11 mayo
El Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional autorizó la incorporación por lectura varios documentos que el Ministerio Público dice que son pruebas contra de Andrés Bautista, entre las cuales se encuentran las declaraciones juradas de patrimonio del exsenador de la provincia Espaillat.
Los documentos incorporados por el Ministerio Público al juicio son simplemente documentos societarios de las empresas en las que participa, así como certificaciones de los inmuebles que durante su trayectoria empresarial ha adquirido individual o con socios Andrés Bautista y los estados de las cuentas bancarias de esas empresas, motivo por el cual no hubo mayores objeciones de parte de la defensa técnica del imputado, integrada por el licenciado Carlos Salcedo, quien la coordina, y los licenciados Thiaggo Marrero Peralta y Jorge López Hilario.
Según los abogados de Bautista, a los 95 documentos que el Ministerio Público llama pruebas no son tales, pues no hay ninguno de esos documentos que sirva de evidencia para afirmar que Andrés recibió sobornos ni que incurrió en enriquecimiento ilícito o en cualquier otra actividad ilícita.
En efecto, se trata de certificaciones que indican que Andrés Bautista es socio de diversas sociedades y cooperativas del mercado agropecuario que vienen formándose desde 1970, así como también actas de asambleas, copia de certificados de títulos, entre otros documentos propios de cualquier operación comercial lícita, aseguró el coordinador del Consejo de Defensa de Andrés Bautista, el licenciado Carlos Salcedo.
Se recuerda que las juezas del Primer Tribunal Colegiado excluyeron el testimonio de Julián Rojas, quién había hecho un informe sobre las declaraciones juradas de Andrés Bautista, el cual también fue excluido por el tribunal en vista de que era violatorio de la ley núm. 311-14, sobre Declaración Jurada de Patrimonio.
En esa sentencia, prosigue Carlos Salcedo, el tribunal dejó claramente establecido que la manera de probar algún enriquecimiento ilícito era a través de la oficina de fiscalización de la Cámara de Cuentas, pues es el órgano constitucional que cuenta con las herramientas necesarias para hacer un análisis patrimonial de los funcionarios y legisladores obligados a presentar declaración.
La Defensa de Andrés Bautista destacó que la incorporación de documentos societarios e informes sobre los bienes que en una carrera empresarial y profesional de más de 50 años ha adquirido su representado, de ninguna manera demuestra la existencia de un enriquecimiento ilícito pues el patrimonio de Bautista está sobradamente justificado, con pruebas irrefutables, que no procuró nunca el Ministerio Público, como era su obligación.
“Alegar no es probar”, concluyó Salcedo, al indicar que los documentos del Ministerio Público no sirven para fundamentar ninguna de las imputaciones de su acusación dado que no dan cuenta de alguna actividad ilícita de Andrés Bautista, como se pudo comprobar con cada testigo del Ministerio Público que declaró en el tribunal indicando que no pudieron encontrar ni una sola transacción ilegal.
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