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CIDH: faltan condiciones para elecciones libres y justas en Venezuela


WASHINGTON, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su profunda preocupación por la falta de condiciones mínimas necesarias para la realización de elecciones libres, justas y confiables en Venezuela.

La CIDH llama a realizar, en plazo razonable y adecuado, elecciones sobre la base del pleno y efectivo ejercicio de los derechos humanos y principios democrƔticos.


“En los Ćŗltimos aƱos la Comisión ha observado el profundo y progresivo deterioro de la institucionalidad democrĆ”tica en Venezuela. En su mĆ”s reciente informe Institucionalidad DemocrĆ”tica, Estado de Derecho y Derechos Humanos en Venezuela, la CIDH concluyó que “en Venezuela existe una suspensión de facto en el ejercicio de los derechos polĆ­ticos de su población”, expresó.

Según la CIDH, el proceso electoral fue decretado por la Asamblea Nacional Constituyente de Venezuela (ANC) sobre la base de facultades que exceden las competencias de un órgano constituyente y adelantando los plazos tradicionales; evidenciÔndose manejo del cronograma electoral sin imparcialidad y objetividad.

Explicó que, en efecto, el 23 de enero de 2018 la ANC aprobó un Decreto Constituyente “de Acciones en Defensa de la Paz, la Democracia, la SoberanĆ­a e Independencia de la RepĆŗblica Bolivariana de Venezuela”.

Posteriormente, El 7 de febrero de 2018, el Consejo Nacional Electoral (CNE) convocó dichas elecciones para el 22 de abril de 2018. El 1 de marzo de 2018, la ANC acordó convocar para el mes de mayo de 2018, el proceso electoral para la elección de los Consejos Legislativos Estatales, y re-programar las elecciones presidenciales. El CNE acató las decisiones de la ANC y convocó las elecciones en primer lugar para el mes de abril, y luego las postergó para el 20 de mayo de 2018.

De acuerdo a los hechos que preceden, la CIDH considera que el proceso de convocatoria a elecciones en Venezuela no cumple con los estÔndares internacionales, los tiempos han sido manejados de modo imprevisible y arbitrario, no ha sido consensuado con las fuerzas de oposición; y que tampoco cumple con los procedimientos establecidos en la propia Constitución venezolana.

“Constituye un estĆ”ndar aceptado por la comunidad internacional el hecho que para asegurar unas elecciones libres es necesaria la existencia de un órgano electoral con garantĆ­as de autonomĆ­a, independencia e imparcialidad. En ese sentido, la CIDH ha reiterado su preocupación por el hecho que el Consejo Nacional Electoral venezolano no es un órgano independiente e imparcial, capaz de garantizar la aplicación igualitaria de la ley electoral y de los derechos polĆ­ticos de los venezolanos”, dijo.

Insistió en que el órgano electoral venezolano sigue integrado en su mayoría por operadores de confianza del Gobierno y sus decisiones han evidenciado su parcialidad al partido oficial.

La CIDH se ha referido en sus informes y comunicados a situaciones tales como: la suspensión del proceso de referĆ©ndum revocatorio al Presidente de la RepĆŗblica; la imposición de obstĆ”culos a la participación de candidatos polĆ­ticos y partidos de oposición; la prolongada suspensión de elecciones municipales y regionales y su convocatoria apresurada y fuera del plazo previsto en la ley; asĆ­ como a los graves cuestionamientos sobre “ventajismo” y denuncias de fraudes en las elecciones para la ANC de 30 de julio de 2017 y las elecciones regionales de 15 de octubre de 2017.

Dice que las elecciones convocadas para el 20 de mayo tendrĆ”n lugar en el marco de la no validación de partidos polĆ­ticos de oposición inoperantes. La no validación, ordenada por la ANC sobre la base de causales no establecidas en la ley, tales como que sólo podrĆ”n participar quienes hayan participado en las “elecciones inmediatamente anteriores”, afecta profundamente e ilegĆ­timamente el pluralismo democrĆ”tico que debe regir estos procesos.


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