WASHINGTON, D.C. - La Comisión Interamericana de Derechos
Humanos (CIDH) expresa su profunda preocupación por la falta de condiciones
mĆnimas necesarias para la realización de elecciones libres, justas y
confiables en Venezuela.
La CIDH llama a realizar, en plazo razonable y adecuado,
elecciones sobre la base del pleno y efectivo ejercicio de los derechos humanos
y principios democrƔticos.
“En los Ćŗltimos aƱos la Comisión ha observado el profundo y
progresivo deterioro de la institucionalidad democrƔtica en Venezuela. En su
mƔs reciente informe Institucionalidad DemocrƔtica, Estado de Derecho y
Derechos Humanos en Venezuela, la CIDH concluyó que “en Venezuela existe una
suspensión de facto en el ejercicio de los derechos polĆticos de su población”,
expresó.
SegĆŗn la CIDH, el proceso electoral fue decretado por la
Asamblea Nacional Constituyente de Venezuela (ANC) sobre la base de facultades
que exceden las competencias de un órgano constituyente y adelantando los
plazos tradicionales; evidenciƔndose manejo del cronograma electoral sin
imparcialidad y objetividad.
Explicó que, en efecto, el 23 de enero de 2018 la ANC aprobó
un Decreto Constituyente “de Acciones en Defensa de la Paz, la Democracia, la
SoberanĆa e Independencia de la RepĆŗblica Bolivariana de Venezuela”.
Posteriormente, El 7 de febrero de 2018, el Consejo Nacional
Electoral (CNE) convocó dichas elecciones para el 22 de abril de 2018. El 1 de
marzo de 2018, la ANC acordó convocar para el mes de mayo de 2018, el proceso
electoral para la elección de los Consejos Legislativos Estatales, y
re-programar las elecciones presidenciales. El CNE acató las decisiones de la
ANC y convocó las elecciones en primer lugar para el mes de abril, y luego las
postergó para el 20 de mayo de 2018.
De acuerdo a los hechos que preceden, la CIDH considera que
el proceso de convocatoria a elecciones en Venezuela no cumple con los
estƔndares internacionales, los tiempos han sido manejados de modo imprevisible
y arbitrario, no ha sido consensuado con las fuerzas de oposición; y que
tampoco cumple con los procedimientos establecidos en la propia Constitución
venezolana.
“Constituye un estĆ”ndar aceptado por la comunidad
internacional el hecho que para asegurar unas elecciones libres es necesaria la
existencia de un órgano electoral con garantĆas de autonomĆa, independencia e
imparcialidad. En ese sentido, la CIDH ha reiterado su preocupación por el
hecho que el Consejo Nacional Electoral venezolano no es un órgano
independiente e imparcial, capaz de garantizar la aplicación igualitaria de la
ley electoral y de los derechos polĆticos de los venezolanos”, dijo.
Insistió en que el órgano electoral venezolano sigue
integrado en su mayorĆa por operadores de confianza del Gobierno y sus
decisiones han evidenciado su parcialidad al partido oficial.
La CIDH se ha referido en sus informes y comunicados a
situaciones tales como: la suspensión del proceso de referéndum revocatorio al
Presidente de la República; la imposición de obstÔculos a la participación de
candidatos polĆticos y partidos de oposición; la prolongada suspensión de
elecciones municipales y regionales y su convocatoria apresurada y fuera del
plazo previsto en la ley; asĆ como a los graves cuestionamientos sobre
“ventajismo” y denuncias de fraudes en las elecciones para la ANC de 30 de
julio de 2017 y las elecciones regionales de 15 de octubre de 2017.
Dice que las elecciones convocadas para el 20 de mayo
tendrĆ”n lugar en el marco de la no validación de partidos polĆticos de
oposición inoperantes. La no validación, ordenada por la ANC sobre la base de
causales no establecidas en la ley, tales como que sólo podrÔn participar
quienes hayan participado en las “elecciones inmediatamente anteriores”, afecta
profundamente e ilegĆtimamente el pluralismo democrĆ”tico que debe regir estos
procesos.
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