El órgano de gobierno del Poder Judicial explica que la
medida obedece al cumplimiento de lo establecido en el artículo 82 del
Reglamento General de Registro de Títulos que indica: “Los duplicados de los
Certificados de Títulos, así como los Extractos, se mantendrán en los Registros
de Títulos a disposición de los interesados por un plazo de seis meses contados
a partir de la fecha de su emisión”.
Vencido este plazo sin haber procedido al retiro, los
usuarios podrán requerir sus productos a través del Centro de Atención al
Usuario, ubicado en el primer nivel del edificio de la Jurisdicción
Inmobiliaria, sede central, mediante instancia de solicitud de entrega y el
pago de una tasa por servicio de RD$5,000.00 por cada producto a ser
retirado.
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