La JCE conforma 58 juntas municipales de cara a las elecciones del 2024
Carlos Pichardo
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10 mayo
El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) dio a conocer este lunes la resolución 11/2022 que dispone la conformación de 58 de juntas municipales.
La resolución llega luego de que varios partidos polĆticos externaron su preocupación ante la tardanza de la Junta Central Electoral en la conformación de las 158 juntas municipales, cuando faltan menos de dos aƱos para los procesos electorales del 2024.
El documento seƱala que fueron armadas las juntas municipales de CotuĆ, Hato Mayor, Los Cacaos, Mao, PuƱal, San Rafael del Yuma, Vallejuelo, Piedra Blanca, San Juan de la Maguana, Sabana de la Mar, Santiago de los Caballeros, Villa GonzĆ”lez, Distrito Nacional, Santo Domingo Este, Santo Domingo Norte, Santo Domingo Oeste, Los Alcarrizos, Pedro Brand, Puerto Plata, Bonao, La Vega, Moca, Salcedo, San Francisco de MacorĆs, Dajabón, Montecristi, San Ignacio de Sabaneta, Nagua, SamanĆ”, Monte Plata, San Antonio de Guerra, San Pedro de MacorĆs, Higüey, La Romana, El Seibo, Comendador, Azua, San JosĆ© de Ocoa, San Cristóbal, JimanĆ, Neiba, Pedernales, Barahona, Villa Altagracia, Pimentel, ParaĆso, Rancho Arriba, Yaguate, Nizao, Gaspar HernĆ”ndez, El Factor, RĆo San Juan, Villa La Mata, Fantino, Loma de Cabrera, Esperanza, Villa Bisonó y SosĆŗa.
La resolución establece que la ciudadanĆa y los partidos, agrupaciones y movimientos polĆticos reconocidos tendrĆ”n un plazo de 10 dĆas hĆ”biles para ejercer su derecho a presentar las impugnaciones a que haya lugar respecto de los miembros titulares y suplentes de las juntas electorales que se indican en la presente resolución, todo lo cual deberĆ” realizarse mediante un escrito motivado que serĆ” dirigido a la Junta Central Electoral.
Agrega que una vez vencido el plazo para presentar las impugnaciones, la JCE enviarĆ” en las 24 horas subsiguiente, una copia por secretaria de los pareceres escritos a los partidos polĆticos reconocidos y celebrarĆ” una audiencia pĆŗblica a mĆ”s tardar ocho dĆas despuĆ©s, a fin de conocer de la impugnación formulada; las cuales deberĆ”n ser resueltas ocho dĆas despuĆ©s de celebrada la audiencia.
La JCE dispuso que las personas escogidas deben cursar el programa de formación y capacitación, coordinado por la Escuela Nacional de Formación Electoral y del Estado Civil (EFEC).
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