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MAP amplía listado entidades públicas cesarán labores por COVID-19

El Ministerio de Administración Pública (MAP) amplió este lunes el número de entidades públicas que cesarán sus labores para prevenir y mitigar los efectos de la pandemia del COVID-19 o nuevo coronavirus.

La disposición está contenida en la Resolución Nro. 059-2020, mediante la cual el organismo amplía el listado de entes y órganos del Estado dominicano que cesarán sus labores, en el cual incluyó 15 instituciones más, mientras que otras 37 adicionales permanecerán laborando con el mínimo de personal.



Las quince (15) entidades que cerrarán sus puertas por completo son el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCYT); el Ministerio de Energía y Minas; el Ministerio de la Juventud; el Ministerio de Medio Ambiente; Ministerio de Turismo; Banco Nacional de Exportaciones; Consejo Estatal del Azúcar (CEA); el Consejo Nacional de Promoción y Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (PROMIPYME); el Consejo Nacional de Drogas (CND); la Dirección de Pasaportes; la Dirección General de Empleo; la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones; la Oficina Nacional de Derechos de Autor (ONDA); el Parque Zoológico Nacional y la Autoridad Nacional de Asuntos Marítimos (ANAMAR).

Estas instituciones, junto a las incluidas en la Resolución 058-2020 mantendrán el personal mínimo necesario para las gestiones administrativas y financieras básicas y para resguardar la integridad física de las instalaciones.

Entretanto, el listado de las entidades que permanecerán laborando con el mínimo de personal ahora incluye también al Ministerio de la Presidencia; el Ministerio Administrativo de la Presidencia; el Ministerio de Administración Pública; el Ministerio de Agricultura; el

Ministerio de Economía Planificación y Desarrollo (MEPYD); el Ministerio de Educación; el Ministerio de Hacienda; el Ministerio de Industria Comercio y Mi pymes; el Ministerio de la Mujer; el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones; el Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX); el Ministerio de Trabajo; la Autoridad Portuaria Dominicana y el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación.

Además, la Corporación de Acueductos y Alcantarillados; la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental; la Dirección General de Migración; la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana; la Empresa de Generación Hidroeléctrica; las Empresas Distribuidoras de Electricidad; el Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP); el Instituto Dominicano de


Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL); el Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillado (INAPA); el Instituto Nacional de Defensa de los Derechos del Consumidor (PROCONSUMIDOR); el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT); el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE); el Instituto Postal Dominicano; el Mercado Dominicano de Abastos Agropecuarios; la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE); la Oficina Nacional de Meteorología; la Oficina Nacional de Estadísticas (ONE); la Refinería Dominicana de Petróleo (REFIDOMSA); la Superintendencia de Bancos; la Superintendencia de Seguros; la Superintendencia de Valores y la Superintendencia de Electricidad.

La Resolución aclara también que estas entidades que laborarán con el mínimo de personal y podrán atender consultas por los medios remotos haciendo uso del teletrabajo, de igual modo, deberán mantener un personal mínimo necesario para las gestiones administrativas y financieras básicas y de seguridad que garantice la integridad de las instalaciones.

El titular del MAP, Ramón Ventura Camejo, especificó que el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI), por la naturaleza de su trabajo, continuará desarrollando sus labores y prestando servicios.

De la Resolución Nro. 59-2020 quedaron excluidos “los demás entes y órganos de la Administración Pública no incluidos en los artículos precedentes, especialmente aquellos dedicados a los servicios de salud, seguridad pública, protección civil, servicios sociales, programas sociales, servicios de electricidad, de aguas potables y defensa nacional”.

No obstante, la disposición establece que esas instituciones, “en la medida de sus posibilidades”, reduzcan al mínimo el personal no esencial y mantengan únicamente el que sea estrictamente necesario para garantizar sus operaciones.
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