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Senado aprueba por séptima ocasión en 11 años proyecto regula vigilantes

El Senado aprobó anoche crear la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, para la protección privada, transporte de valores, tecnología de seguridad electrónica, blindaje y detectives privados, limitando el uso de las armas al tiempo en servicio, castigando el uso de armas irregulares y disponiendo además de edades adecuadas para desempeñar el trabajo.

El autor del proyecto, senador Adriano Sánchez Roa, precisó que “…esta pieza exige que los guardianes hayan cursado mínimo octavo grado, estar debidamente entrenados y no ser extranjeros ilegales; además, con aptitudes sicológicas y síquicas verificadas, así como condiciones laborales adecuadas”. 

 El representante por Elías Piña explicó que el Proyecto de Ley Aprobado fue consensuado con las entidades privadas, del gobierno y de la sociedad civil, durante los 11 años que lleva en el Congreso Nacional, habiéndose aprobado en 6 ocasiones en el Senado, por lo que ahora alberga la esperanza que la Cámara de Diputados lo convertirá en ley.

 Esta normativa, que también la calza el senador Arístides Victoria Yeb, crea un marco jurídico para el ejercicio de los servicios de vigilancia y privada, y con el propósito de superar el hecho de que el 18.3% de los vigilantes actuales son de origen haitiano, el 35.5% no tienen entrenamiento en el uso de armas y el 42.6% no han sido evaluados en sus condiciones síquicas y sicológicas. 

 Sánchez Roa y Victoria Yeb explicaron que todos los servicios y actividades de vigilancia y seguridad privada, sin excepción alguna, están obligados a contribuir en la preservación de la seguridad ciudadana y del orden público, por lo que tienen que colaborar con la Policía Nacional y demás autoridades, a fin de garantizar la seguridad para la vida y los bienes de las personas.

 La Superintendencia será conducida por una Junta Directiva, integrada por el Ministro de Defensa, quien la presidirá, los ministros de Interior y Policía, Trabajo y de Salud, así como por el Procurador General de la República, mientras que el Superintendente tendrá voz, pero no voto. 

 El proyecto dispone que “No podrán ser directivos, ni empleados de empresas de vigilancia y seguridad privada, miembros activos de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional, ni tampoco ex miembros de esas instituciones que hayan sido expulsados de las mismas por faltas en el desempeño de sus funciones o por sentencia condenatoria de los Tribunales de la República”. 

 La iniciativa legislativa, que ahora va a la Cámara de Diputados, obliga al Superintendente y el Intendente de Vigilancia y Seguridad Privada, así como a otro personal, presentar una declaración jurada de sus bienes, en los términos establecidos en la Ley 311-14, de fecha 08 de agosto del 2014. Entrenamiento; edad y tiempo de servicios será según Código de Trabajo 

 La iniciativa obliga al entrenamiento, actualización y a la educación especializada del personal de vigilancia y seguridad privada, lo que estarán a cargo del INFOTEP, así como el proceso urgente de recapacitación básica de los vigilantes ya existentes. 

 Se prohíbe la integración de extranjeros que estén en el país en forma ilegal; en cuanto a la jornada laboral, se establece que los conflictos que pudieren surgir en el ejercicio de la vigilancia y seguridad privada, serán juzgados y conocidos conforme a la Ley 16-92, del 29 de mayo del 1992, que instruye el Código de Trabajo.


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