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MPD pedirá Procuraduría reabrir casos de jóvenes asesinados en los 12 años

 El Movimiento Popular Dominicano (MPD), al recordar el 48 aniversario del asesinato de Amín Abel Hasbún, anunció hoy que en esta semana depositará una instancia en la Procuraduría General de la República, solicitando reabrir los casos de asesinatos y desaparición forzosa de dirigentes y militantes de esa y otras organizaciones revolucionarias durante el régimen de los 12 años de Joaquín Balaguer y otros gobiernos.

 La organización advierte que es necesario y oportuno afirmar en derecho internacional que el principio de la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad no existe cualquiera que sea la fecha en que se hayan cometido.

 Al organizar un acto calle Francisco Henríquez y Carvajal casi esquina Moca y la avenida San Martín, de recordación al dirigente Amín Abel Hasbún, el vocero nacional del MPD, Pablo Ferreiras, dijo que la organización en coordinación con la Comisión de la Verdad, que preside el jurista Víctor Bretón, procederán a depositar la solicitud de reapertura de decenas de casos de dirigentes revolucionarios asesinados en el país.

 La entidad pidió el apoyo de los medios de comunicación, las organizaciones sociales, culturales, políticas, religiosas, profesionales y de la población dominicana para que muchos asesinatos ocurridos en el país sean aclarados y sus responsables condenados. 

 Asimismo, pidió a los familiares de jóvenes asesinados y desaparecidos por ordenes de oficiales militares y policiales y ejecutados por miembros de esas instituciones proceder a ponerse en contacto con Víctor Bretón coordinador de la Comisión de la Verdad para documentar cada caso y apoderar a los tribunales de la República. 

 El vocero nacional del MPD dijo que los crímenes no prescriben y que haciendo el uso de ese derecho para que se haga justicia se pedirá abrir los casos de asesinatos contra Otto Morales Efres, Roberto Figueroa, Alejandro Alberty Frometa Santos, William Mieses, Pablo Liberato, Francisco Alberto Caamaño, Manuel Aurelio Tavares Justo.

 Las desapariciones forzosas luego de ser apresados entre otros de Henry Segarra Santos, Guido Gil Díaz, Juan Pablo Pelayo Feliz, Ramón Melo, Guillermo Gonzáles.

 El MPD en el documento que depositará en la Procuraduría General de la República se basa en acuerdos internacionales y leyes, entre los que se encuentran: Acuerdo de Londres Hacia una comprensión de los crímenes contra la humanidad a partir de Nuremberg del 8 de agosto de 1945, que estableció el Estatuto del Tribunal de Núrembert.

Este último definió como crímenes contra la humanidad el asesinato, exterminio, esclavitud, deportación y cualquier otro acto inhumano contra la población civil, o persecución por motivos religiosos, raciales o políticos, cuando dichos actos o persecuciones se hacen en conexión con cualquier crimen contra la paz o en cualquier crimen de guerra.

 Los principios de Derecho Internacional de 1946 reconocidos por el Estatuto del Tribunal Penal y la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó la resolución sobre el crimen de genocidio, que define como una negación del derecho de existencia a grupos humanos enteros, entre ellos los raciales, religiosos o políticos, instando a tomar las medidas necesarias para la prevención y sanción de este crimen. 

Resolución que cristalizó en la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 260 A (III), de 9 de diciembre de 1948, y que entró en vigor en 1951.

 La definición de genocidio plasmada en la Convención de 1948 ha sido acogida en el artículo 4 del Estatuto del Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia, de 1993, el artículo 2 del Estatuto del Tribunal Penal Internacional para Ruanda, de 1994, y el artículo 7 del Estatuto de Roma de 1998, por el que se creó la Corte Penal Internacional. 

 La jurisprudencia de 2008, el juez Baltasar Garzón inició un proceso judicial contra treinta y cinco altos cargos del franquismo, entre ellos, su líder más exponencial, Francisco Franco. Se les acusaba de organizar una rebelión contra el régimen legal de la II República Española, la puesta en marcha de un plan de exterminio sistemático de sus oponentes políticos y de una represión que acabó con al menos 620.000 fallecidos durante los años de la Guerra Civil Española, otros 600.000 fallecidos, torturados o encarcelados durante la dictadura y 114.266 personas desaparecidas, de las que no se ha dado razón de su paradero, como el poeta Federico García Lorca, asesinado en Granada y cuyo cuerpo aún no ha sido localizado.

 Al juicio del juez, todo lo mencionado constituye un delito de Crimenes contra la humanidad. 

 Sobre la prescripción en derecho penal que es el instituto jurídico por medio del cual se produce la extinción de la persecución de los delincuentes en razón del transcurso del tiempo y que los crímenes contra la humanidad tienen la especial característica de ser imprescriptibles, es decir que pueden ser perseguidos en todo tiempo. 

 Según el Estatuto de Roma, pueden constituir crímenes de lesa humanidad los 11 tipos de actos asesinato, exterminio, esclavitud, deportación o traslado forzoso de población, encarcelamiento u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional, tortura, dolor o sufrimientos graves, físicos o mentales, causados intencionadamente a una persona que el acusado tenía bajo su custodia o control, violación y que puede constituirse en crímenes de competencia de la Corte como tortura, en tanto que es un crimen de lesa humanidad o un crimen de guerra.

 La persecución de un grupo o colectividad con identidad propia por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos o de género o por otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional, en conexión con cualquier crimen comprendido en el Estatuto.

 La desaparición forzada de personas, detención o secuestro de personas por un Estado o una organización política, o con su autorización, consentimiento o aquiescencia, junto con la negativa a reconocer la privación de libertad o a proporcionar información sobre la suerte que han corrido los «desaparecidos» con la intención de privarlos de la protección de la ley durante un largo periodo. 

Otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionadamente grandes sufrimientos o atenten contra la integridad física o la salud mental o física; actos inhumanos de gravedad similar a otros crímenes contra la humanidad.


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