El Pleno de la Junta Central Electoral dictó este lunes su
Resolución número 01-2018 “que establece la distribución de diputados y
diputadas representantes del Distrito Nacional y las provincias para las
elecciones del 17 de mayo de 2020”.
Las provincias de Monte Plata, Barahona, Espaillat, San
Juan, Duarte, San Pedro de Macorís, La Vega y San Cristóbal perderán un
representante cada una. De su parte, la
provincia de La Altagracia aumenta un escaño, mientras que Santo Domingo
aumenta 7.
La recién aprobada Resolución había sido puesta a consulta
de los partidos políticos reconocidos, de conformidad a la decisión del Pleno
de la JCE del pasado 17 de enero de 2018.
Igualmente, dicho proyecto formó parte de la agenda de la Audiencia
Pública convocada y realizada por el Pleno de la JCE el pasado 16 de mayo de
2018, en la cual se recibieron los comentarios de parte de los delegados
políticos presentes.
La Resolución redistribuye los 178 escaños de la Cámara de
Diputados en base a la población por provincias según los resultados del último
Censo Nacional de Población y Vivienda, y dispone que, con dicha
redistribución, las provincias de Santo Domingo y La Altagracia aumentarán 7 y
1 escaños, respectivamente, mientras las provincias de Barahona, Monte Plata,
Duarte, La Vega, San Juan, San Pedro de Macorís, Espaillat y San Cristóbal
perderán 1 escaño cada una.
Para los fines del cálculo, el Pleno de la JCE tomó en
cuenta la cantidad de representantes a distribuir (178 en total) y la población
nacional, que de conformidad al IX Censo de Población y Vivienda del año 2010,
asciende a 9,445,281 habitantes. Igualmente, según establece la Constitución
dominicana, en ningún caso serán menos de dos diputados/as por cada
provincia.
En tal sentido, la Resolución dispone mantener la asignación
de dos (2) representantes a las provincias de Pedernales (2), Independencia
(2), Santiago Rodríguez (2), San José de Ocoa (2), Elías Piña (2), Dajabón (2),
Hato Mayor (2), El Seibo (2), Hermanas Mirabal (2), Bahoruco (2), Samaná (2) y
Montecristi (2).
También mantiene la asignación de la misma cantidad de
representantes que para las elecciones de los años 2010 y 2016 para las
provincias María Trinidad Sánchez (3), Sánchez Ramírez (3), Valverde (3),
Monseñor Nouel (3), Peravia (3), Azua (4), La Romana (4), Puerto Plata (6),
Distrito Nacional (18) y Santiago (18).
Dispone también la reducción de la cantidad de
representantes con relación a los años 2010 y 2016 a las provincias Monte Plata
(de 4 a 3), Barahona (de 4 a 3), Espaillat (de 5 a 4), San Juan (de 5 a 4),
Duarte (de 6 a 5), San Pedro de Macorís (de 6 a 5), La Vega (de 8 a 7), y San
Cristóbal (de 11 a 10); y, por otro
lado, aumenta los representantes de las provincias La Altagracia (de 4 a 5) y
de Santo Domingo (de 36 a 43).
Como explican las motivaciones de la Resolución, la
Constitución de 2010 cambió el criterio de distribución de escaños por
provincia, que hasta ese año fue el de un diputado por cada 50,000 habitantes o
fracción mayor a 25,000. De conformidad
al artículo 81,1) del texto constitucional vigente, la Cámara de Diputados estará compuesta por
“ciento setenta y ocho diputadas o diputados elegidos por circunscripción
territorial en representación del Distrito Nacional y las provincias,
distribuidos en proporción a la densidad poblacional, sin que en ningún caso
sean menos de dos los representantes por cada provincia.”
La sesión fue presidida por el Magistrado Julio César Castaños
Guzmán y participaron los miembros titulares Roberto Saladín Selin, Carmen
Imbert Brugal, Rosario Graciano de los Santos y Juan Bautista Cuevas Medrano
(supliendo al Magistrado Henry Mejía Oviedo), así como el Secretario General de
la JCE, Ramón Hilario Espiñeira Ceballos.
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