La Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte
de Apelación del Distrito Nacional estableció que el Ministerio Administrativo
de la Presidencia ni el titular de esa
dependencia del Estado, José Ramón Peralta, forman parte de la Comisión
para las Importaciones Agropecuarias.
Mediante la sentencia No. 2017/836, del pasado 21 de
noviembre, el tribunal también excluyó a Peralta de la demanda en liquidación
de astreinte que interpusiese en su contra la empresa Lácteos Dominicanos, S.A.
La información la dio a conocer el jurista Julio Cury,
abogado en el caso del Ministerio Administrativo de la Presidencia, quien señala
que el Decreto 569-12 los excluyó, desde
el 11 de septiembre del 2012, de la Comisión para las Importaciones
Agropecuarias
Cury destacó la
honestidad con que se ha manejado el referido funcionario en su vida pública y
privada.
Dijo que para sustentar la indicada exclusión, el tribunal
juzgó “pertinente y de buena justicia porque como se ha demostrado durante el
proceso, este funcionario (José Ramón Peralta), que en algún momento integró la
Comisión para las Importaciones Agropecuarias, ya no pertenece a ella desde el 11
de septiembre del año 2012.
Indicóque en esa fecha se dictó el Decreto No. 569-12 del
Poder Ejecutivo que recompuso la estructura de ese cuerpo encargado de aplicar
la política de importación de ciertos productos agropecuarios.
Y a renglón seguido
consignó: “Por lo que en tal virtud se ordena la inmediata exclusión del señor José Ramón Peralta por falta de legitimación pasiva y no haber, por ende,
ningún interés legítimo en mantenerlo como parte del conflicto”.
La sentencia acogió, igualmente, a favor de Enrique Ramírez
Paniagua, Director General de Aduanas, la cancelación de la astreinte
provisional que fijara el mismo tribunal mediante Ordenanza No. 026-02-2017,
del 29 de enero de este año, rechazando por improcedente su liquidación como
pretendía Lácteos Dominicanos.
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