La Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la
Seguridad Social (DIDA) advirtió que es violatoria de la Constitución y de la
Ley 87-01 la pretensión de la Asociación de Clínicas Privadas respecto a las
limitaciones de los laboratorios a utilizarse en caso de intervenciones
quirúrgicas.

Indicó que para ese caso, ya previamente esta entidad había
solicitado a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) que
intervenga “porque esta práctica violenta el artículo 50 de nuestra
Constitución y el principio de la libre elección consagrado en los artículos 3
y 4 de la Ley 87-01”.
“Además de ser una actitud que atenta contra la libre
empresa, la libre elección de los afiliados a la seguridad social, atenta
contra la confianza y la seguridad que los pacientes tienen en determinados
centros diagnósticos y de analíticas”, expresó.
Recordó que no todos los prestadores de servicios de salud
cuentan con la tecnología suficiente o adecuada para garantizar la seguridad
del paciente.
La DIDA entiende que estas prácticas no solo deben ser
erradicadas sino que también deben ser sancionadas las prestadoras que limiten
cualquier derecho de los afiliados, al igual que la no aceptación de
prescripciones médicas de facultativos que no son parte de la red de prestadoras
de una Administradora de riesgos Laborales.
La Asociación de Clínicas Privadas busca que los pacientes
solo utilicen los laboratorios de analíticas de las mismas clínicas en donde se
van a realizar algún procedimiento o cirugía.
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