La funcionaria universitaria consideró vergonzoso el trato inmerecido al que fue sometida la magistrada Germán Brito, por ser una profesional del Derecho que durante décadas ha prestado servicios en la judicatura nacional con los más altos niveles de profesionalidad, ética y decoro.
Consideró además, que el Procurador violó el artículo 26 de la Ley 138-11 del CNM que establece que “Las comunicaciones que se remitan al Consejo (Nacional de la Magistratura) como objeción o reparo a un aspirante nunca podrán ser anónimas y deberán contener los datos de quienes las formulen”.
Polanco Melo recordó que esa legislación establece que esas objeciones “deberán estar motivadas y avaladas con las pruebas que respalden cualquier situación imputable al candidato, y solo tendrán la finalidad de contribuir al proceso de toma de decisión por parte del Consejo Nacional de la Magistratura”.


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